Martes 19 de marzo de 2024
20 FEB 2019 - 23:47 | Sociedad

La Procuración avaló amparo de vecinos dolorenses contra ABSA

Es por el deficiente servicio de agua potable brindado por la compañía y la Provincia.

Ahora, la Corte deberá decidir si rechaza los argumentos de ABSA y confirma lo dispuesto por la jueza de primera instancia.

El procurador general Julio Conte-Grand dictaminó a favor de la acción de amparo promovida
por los usuarios domiciliados en Dolores afectados por el deficiente servicio de agua potable
brindado por ABSA y la Provincia. De esta manera, a través del dictamen del 13 de febrero,
promovido por el abogado dolorense Germán Pereyra, avaló el reclamo de los habitantes de la
ciudad, afectados por el deficiente servicio de la empresa estatal y respaldó el Derecho al Agua.

El expediente, que se inició con un dictamen favorable de la jueza Daniela Galdos de Dolores y de la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata, tramita en estos momentos en la Corte de
justicia bonaerense. La opinión del procurador general no es vinculante para la Corte, pero
tiene fuerte peso. En este caso recomendó rechazar el recurso de ABSA y confirmar las
sentencias anteriores.

En su momento, la jueza Galdos dispuso: "Que la Provincia de Buenos Aires y ABSA presenten
en un plazo no superior a los 180 días un Plan integral de Obras y Gestión conforme Dec.
878/03 y que contemple: a) Estudio, Proyecto y Construcción de la Infraestructura adecuada.
b) Gestión adecuada del Servicio para lo cual se deberá contar con un presupuesto acorde a fín de garantizar el funcionamiento constante y continuo de las Obras Planificadas. La partida
presupuestaria correspondiente deberá ser provista y otorgada por la demandada en un
tiempo razonable para cumplir las etapas de su ejecución. c) Control de Calidad y Cantidad de
la Prestación”.

Según la magistrada, “el Plan de Gestión deberá contemplar un Control de fugas, Mallas
Cerradas y diámetros acordes a la demanda y usos sectoriales, Ampliación de la red
domiciliaria, Estudios de nuevas fuentes de captación, Acondicionamiento de la infraestructura existente, Control de calidad, Gestión adecuada del servicio, Plazos de ejecución razonables y etapas si corrrespondieren y provisión de partidas presupuestarias en tiempo razonable”.

También dispuso “ordenar al concesionario ABSA la refacturación del servicio descontando el
consumo de agua potable en los casos en que la Gerencia de Control Técnico y de Calidad del
Servicio del Organismo de Control de Agua de Buenos Aires constate o se acredite por cualquier medio fehaciente la falta de suministro y/o falta de presión en los domicilios de los usuarios”.

Ahora, la Corte deberá decidir si rechaza los argumentos de ABSA y confirma lo dispuesto por
la jueza de primera instancia.