Sábado 20 de abril de 2024
13 AUG 2020 - 12:15 | Sociedad
Judiciales

Mar del Plata: la Justicia anula el fallo por el caso Lucía Pérez y ordena un nuevo juicio

Tal como lo venían reclamando los padres de la chica, quedó sin efecto la sentencia del Tribunal Oral N°1, que había absuelto a los dos acusados por el abuso sexual y femicidio de la joven de 16 años.

Farías y Offidani, los dos acusados por el abuso sexual y femicidio, permanecen detenidos en la cárcel de Batán. Maciel, quien estaba acusado de encubrimiento, falleció recientemente.

La Sala Cuarta de la Cámara de Casación anuló el fallo del Tribunal Oral N°1 que absolvió a Juan Pablo Offidani, Matías Farías y Alejandro Maciel por el femicidio de Lucía Pérez, su abuso sexual y el posterior encubrimiento.

La resolución indica que la sentencia tiene un “déficit de imparcialidad palmaria y expresamente -aunque obviamente no lo haya sido de manera intencional, por supuesto- en un preconcepto respecto a las actividades y hábitos de la víctima y fue en base a ese ilegítimo argumento subjetivo en que se edificaron su posición o postura al respecto”.

El fallo de los jueces Fernando Mancini, Carlos Ángel Natiello y Mario Eduardo Kohan ordena la realización de un nuevo juicio “con la premura que el caso amerita y al dictado de un nuevo pronunciamiento sin costas”.

Según consigna el diario La Capital, el principal argumento de Casación para rechazar la sentencia del Tribunal 1, integrado por los jueces Aldo Carnevale, Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, es señalarle que deben tener “en consideración el contexto en el que ocurren los hechos, realizar un análisis de los mismos, determinar el encuadre jurídico apropiado, y valorar la prueba con perspectiva de género”.

Al respecto señala que “el Tribunal, inexplicablemente se enfoca a indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter, y en distinguir la conducta de los imputados, y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal”.

Finalmente en ese sentido la Sala Cuarta dice que “aparece como un despropósito que el Tribunal se haya efectuado indagaciones tales como las conductas de Lucía a la luz de detalles preexistentes en su historia vital, sin centrarse en el episodio y sus distintas secuencias, amén de adentrarse en otras circunstancias de su vida íntima que poco aportaban a la elucidación del hecho enjuiciado”.

El caso
El juicio por el femicidio de Lucía, ocurrido el 8 de octubre de 2016, se realizó en noviembre de 2018 y para Marta Montero y Guillermo Pérez, los padres de Lucía, “estuvo lleno de irregularidades” porque hubo “más de 30 puntos que no se mencionaron en la sentencia”. Los jueces descartaron el abuso sexual en base a informes forenses y por consecuencia directa, la muerte relacionada.

Así, Farías y Offidani fueron absueltos del delito de abuso sexual seguido de la muerte e incluso de la figura de femicidio propuesta por el fiscal Daniel Vicente en relación a Farías, para quien había pedido una pena de prisión perpetua; para Offidani el pedido fue de 18 años para Maciel, la absolución.

Finalmente, Farías y Offidani fueron condenados a 8 años de prisión por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”.