Miércoles 24 de abril de 2024
07 APR 2021 - 19:01 | Coronavirus

Las medidas anunciadas por Alberto Fernández: sólo para las zonas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario

El presidente de la Nación anunció el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23.00 y la prohibición de la circulación desde las 0.00, pero sólo en los lugares más críticos. Todos los detalles y las medidas.

“Sólo en los últimos 7 días los casos aumentaron un 36% en todo el país y un 53% en el AMBA”, precisó el presidente de la Nación.

El presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció esta tarde una serie de medidas “que regirán para todo el país y otras más específicas que alcanzaran a zonas con mediano y alto riesgo epidemiológico y sanitario”, especificó desde Olivos.

Estas medidas de cuidado estarán vigentes desde las 0 horas de este viernes 9 de abril hasta el 30 de abril. El Gobierno Nacional evaluará cuidadosamente la correcta implementación de las medidas.

LAS MEDIDAS ANUNCIADAS POR FERNÁNDEZ
-Se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

-En las zonas del país consideradas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario es facultad y responsabilidad de gobernadores y gobernadoras adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios. Ello es así, pues es del resorte exclusivo de las provincias el monitorear y hacer cumplir cualquier medida restrictiva de la circulación.

-En las zonas del país donde hay mayor riesgo epidemiológico y sanitario, se tomarán además las siguientes medidas:

a. Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.

b. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

c. Se suspenden actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.

d. Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

e. Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.

f. Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.

PARA EL AMBA: Sólo podrán usar el transporte público de pasajeros trabajadores considerados esenciales, toda la comunidad educativa y aquellos que ya fueron expresamente autorizados.