20/04/2019 | Noticias | Sociedad

Habrá planes de hasta sesenta cuotas para saldar deudas con la AFIP

La medida incluye deudas por tributos como el IVA, Ganancias y Bienes Personales


La AFIP pondrá a disposición planes de pago de hasta 60 cuotas y con una tasa de interés topeada en el 2,5% mensual en el caso de las pymes, para saldar obligaciones impositivas y de la seguridad social adeudadas que hayan vencido hasta el 31 de enero pasado.

Según informó el Diario La Nación la medida es una de las anunciadas por el Gobierno para intentar algún efecto reactivador, en una coyuntura marcada por la recesión y la muy elevada tasa de inflación. Se  incluirán deudas por tributos como el IVA, Ganancias y Bienes Personales y se habilitará la opción de refinanciar las deudas incluidas en el plan llamado Puente II.

La tasa de interés por el financiamiento de 2,5% será, en principio, solo para pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos, que deberán ingresar como pago a cuenta el 1% de lo adeudado. Si otros contribuyentes quieren obtener esa tasa deberán ingresar un pago inicial, al ser aprobado el plan de cuotas, equivalente al 20% de la deuda.

Según se anunció, la primera cuota vencerá el 16 de septiembre sin importar en qué fecha se haya registrado el plan. Y la adhesión podrá hacerse entre el 15 de mayo y el 31 de agosto próximos, aunque la alternativa de ingresar el 20% a cuenta para obtener una tasa menor estará disponible solo hasta el 25 de junio.

Además de intereses más elevados, las grandes empresas que no ingresen al plan con un pago de anticipo incrementado tendrán plazos con topes inferiores a las 60 cuotas. Los planes serán de 36 meses si se aporta un pago a cuenta del 5% y de 48 meses si el anticipo equivale al 10%.

Los planes actuales de la AFIP para regularizar situaciones de mora son de hasta 8 cuotas (meses atrás rigió uno excepcional de hasta 48). Y, con respecto a los costos, el Ministerio de Hacienda dispuso recientemente un nuevo mecanismo de fijación y actualización de los intereses resarcitorios y punitorios, algo que, en la práctica, representó un incremento no solo de esos conceptos, sino también de los intereses aplicados por el financiamiento propiamente dicho.

 

 

 

 

 

 


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