En agosto vence el primer anticipo del Impuesto sobre los Bienes Personales. Dependiendo de la terminación del número de CUIT, las fechas irán del 13 al 15 de ese mes. Habrá que efectuar el pago cuando el importe iguale o supere los mil pesos.
Habitualmente, el cálculo del monto del adelanto se hace aplicando el 20% sobre el impuesto que se determinó para el año anterior.
Sin embargo, para el tributo anual correspondiente a 2019, que vencerá en junio del año que viene, la base imponible cambia por las modificaciones efectuadas por la ley 27.480.
Además,como informa el diario Clarin, muchos contribuyentes que se registraron como cumplidores ante la AFIP, durante los tres años anteriores no pagaron el impuesto, pero ahora parece que tendrían que comenzar a pagar los cinco anticipos correspondientes al año 2019.
Por estos motivos, cada persona tendría que efectuar un cálculo sobre si le corresponde pagar esos adelantos y determinar cuál será el importe correcto de los mismos.
Los anticipos, que son cinco, comienzan a vencer a partir del mes de agosto, luego le siguen los pagos de octubre y diciembre de 2019 y febrero y abril del año que viene.
La AFIP todos los años sugiere en el sitio que funciona en su página Web, de “Cuentas Tributarias”, el importe que calculó de oficio para cada anticipo.
Seguramente, en los próximos días se publicará una resolución aclaratoria sobre la mecánica y el procedimiento que habrá que seguir para efectuar la determinación del nuevo monto de los anticipos.
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