El Poder Ejecutivo publicó hoy en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 446/2020, por la cual se pone en vigencia desde el 6 de abril el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID-19”, aprobado por el Ministerio del Interior mediante la Resolución 48/2020 del domingo último.
El certificado para circular en auto fue creado para unificar en una sola autorización oficial esa excepción que tienen -entre otros- los trabajadores que, por cumplir una "función esencial", como los de la salud y la seguridad, por ejemplo, deben concurrir a sus empleos.
El documento debía empezar a funcionar el lunes pasado, pero la plataforma web se mantuvo colapsada por la sobredemanda tanto el domingo como el lunes, ya que según explicó Micaela Sánchez Malcom, la secretaria de Innovación Tecnológica, a Télam hubo una "saturación al registrarse un promedio de casi 100.000 entradas" al sitio.
En consecuencia, la decisión de hoy valida hasta el lunes próximo los permisos que vienen rigiendo y, desde ese día, sólo será aceptado el Certificado Único, que tendrá una duración del "plazo que dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio", según especifica la norma.
Los datos que el usuario brinde en el formulario de la plataforma digital son tomados como una declaración jurada, por lo que la norma establece que "el falseamiento de datos en la tramitación dará lugar a la aplicación de las sanciones que correspondieren", según indica la decisión administrativa que firman el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro.
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