23/04/2020 | Noticias | Sociedad

Chascomús: la Policía Federal allanó una casa en el country por grooming

La fiscal a cargo de la causa por el delito de acoso a un menor a través de internet y/o las redes sociales con fines sexuales imputó a dos hombres mayores de edad que se encontraban allí presentes.


Durante la tarde de ayer, efectivos de la Subdelegación local de la Policía Federal Argentina, realizaron un allanamiento en una vivienda ubicada dentro del barrio privado “Golf Chascomús Country Club”, por infracción a la Ley N° 26.904 (grooming).

El domicilio allanado pertenece a un conocido vecino de Chascomús, y al momento del ingreso del personal policial a la finca, se encontraban todos sus moradores en el interior, según consignó el medio local El Cronista. También se supo que se logró el secuestro de numerosos aparatos celulares, ordenadores portátiles, pendrives, tarjetas de memoria, computadoras, cámara filmadora, y demás elementos de vital importancia para la causa.

La orden judicial fue emanada por el Juzgado de Garantías N° 1 del Departamento Judicial Dolores, a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, a solicitud de la Unidad Fiscal de Instrucción Descentralizada N° 6 de la ciudad de Villa Gesell, a cargo de la Dra. Verónica Zamboni, quien imputó a dos masculinos mayores de edad que se encontraban allí presentes.

Cabe destacar que el grooming es una práctica perversa y delictiva y se da cuando un adulto acosa a un menor por medio de internet y las redes sociales con fines sexuales. Para lograrlo recurre a un engaño intencional: crea un perfil falso y se hace pasar por otro menor de edad. Comienza a ganarse la confianza de la víctima averiguando sus preferencias y gustos. En una etapa posterior le propone que le envíe fotos o videos personales; si la víctima se niega, comienza a amenazar con hacer público ese material. Para mayor información sobre grooming hacé click aquí.

El ciberacoso o acoso de menores por Internet, de acuerdo a la ley 27.458 promulgada en octubre de 2018, establece la “pena con prisión de seis meses a cuatro años al que por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos conectare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.


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