01/06/2020 | Noticias | Sociedad

Las pymes de la provincia de Buenos Aires podrán pagar impuestos hasta el 31 de julio

El programa abarca deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019.


El gobierno de la provincia de Buenos Aires oficializó hoy la prórroga hsata el 31 de julio del plan de pagos para pymes y la suspensión de embargos por deudas, mediante la publicación en el Boletín Oficial de dos resoluciones de la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA).

El organismo extendió hasta esa fecha la vigencia del plan de regularización de deudas destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, que vencía el 31 de mayo.

El programa de facilidades, que contempla la quita total de intereses, multas y punitorios, abarca deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019 -tanto en estado judicial como prejudicial-, planes de pago caducos y vigentes.

La medida comprende a los impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, Automotores, Ingresos Brutos y Sellos y permite pagar en un plazo de hasta 10 años (120 cuotas) con un interés fijo, o bien en 3 cuotas sin intereses de financiación.

En el caso de los contribuyentes que posean deuda en instancia judicial, también prevé el levantamiento automático de los embargos con la sola adhesión al programa.

La semana pasada, ARBA precisó que la suscripción se realiza por internet y los beneficios se encuentran segmentados de manera progresiva por tamaño y tipo de empresa, con una distinción entre las micro, pequeñas y medianas.

Esta prórroga del plan de pagos para pymes se suma a otras medidas impulsadas por la provincia, como la reprogramación del vencimiento de la segunda cuota de Automotores e Inmobiliario Urbano, y la postergación del tercer anticipo correspondiente a Ingresos Brutos.

"En todos los casos, se trata de iniciativas que buscan acompañar el esfuerzo que realizan las y los contribuyentes bonaerenses para hacer frente a la exigente realidad económica que provocó la pandemia de Covid-19", detalló el organismo recaudador.

Se dispuso además que, hasta el 31 de julio, "no se solicitarán las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal en juicios de apremio".


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