El Gobierno nacional extendió hasta el 31 de octubre la vigencia de los precios máximos para 304 productos que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza. Los valores serán los que regían al 6 de marzo.
La medida se concretó a través de la resolución 854/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada este lunes en el Boletín Oficial, que prorroga los alcances de la resolución 100/2020 de la misma dependencia.
Según publicó Infocielo, la medida incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). A su vez, contempla a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.
Estos deben mantener para 304 productos como precios máximos de venta al consumidor final aquellos efectivamente informados por cada comercializadora al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) vigentes al 6 de marzo de 2020.
Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones, que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.
En este caso deben mantener los precios vigentes al 6 de marzo último para venta a consumidores, hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas.
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