El Gobierno nacional dispuso un aumento del 8,54%, retroactivo al 1° de abril, de los precios máximos de referencias de las garrafas de 10, 12 y 15 kilos para fraccionadores, distribuidores y venta al público.
La medida también alcanza al butano y el propano para los productores adheridos al programa Hogar.
Así lo dispuso la secretaría de Energía a través de la resolución 326/2023 publicada en el Boletín Oficial.
Por otra parte, por medio de la resolución 331/2023 se autorizó una asistencia de $ 948.275.757,45 para veinte empresas productoras, con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos.
De esta forma, el precio máximo de referencia para la garrafa de 10 kilos pasó a ser de $ 724 a partir del 1 de abril (contra $ 667 anterior) para los fraccionadores, de $ 1.270 ($ 1.171 anterior) para los distribuidores, y de $ 1.334 ($ 1.229 anterior) para la venta al público.
En el caso de las unidades de 12 kilos, los precios máximos pasaron a ser de $ 800 a $ 869; de $ 1.405 a $ 1.525; y de $ 1.475 a $ 1.601; mientras que en las de 15 kilos de $ 1.000 a $ 1.086, de $ 1.756 a $ 1.906; y de $ 1.844 a $ 2.001, respectivamente, siempre en los valores del 1 de marzo a los nuevos del 1 de abril.
Por su parte, el precio máximo de referencia por tonelada de butano y propano para los productores será de $ 38.704, con un incremento de 8,47%.
En los considerandos de la medida se indicó que “los precios máximos de referencia cumplen un rol primordial para poder dar efectivo cumplimiento a los objetivos trazados en la Ley 26.020”, de Régimen de Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP).
La última actualización de precios se produjo el 21 de marzo y Energía consideró necesario un incremento, aunque “siempre manteniendo la protección de los usuarios vulnerables a través del Programa Hogar”.
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