22/08/2024 | Noticias | Sociedad

Mar del Plata: un boliche deberá pagarle $ 52 millones a un joven al que estalló un vidrio en la cara

Ocurrió en marzo de 2017 en Quba Club Social, ubicado en Playa Grande, cuando tenía 21 años. Un estudio médico consideró que la víctima padecía una incapacidad del 44,8%.


La Justicia Civil y Comercial de Mar del Plata condenó a un boliche y a su compañía aseguradora a pagarle $ 52.200.000 a un joven que sufrió serias heridas luego de que le estallara un vidrio en la cara mientras estaba en el interior de Quba Club Social, durante los festejos de San Patricio de 2017.

Según la resolución del juez Félix Adrián Ferrán, la empresa Pura Sal SRL y la compañía Federación Patronal Seguros deberán pagar $ 52.200.000 por no haber cumplido con su deber de seguridad, según informó La Capital de Mar del Plata. El monto ha sido discriminado de la siguiente manera: $ 1.200.000 por gastos de atención médica y farmacia; $ 38 millones por incapacidad parcial y permanente y $ 13 millones por daño moral.

El hecho que motivó la denuncia ocurrió el 17 de marzo de 2017 a la madrugada, en el boliche ubicado en la escollera norte. Un joven que en ese momento tenía 21 años y había ido con dos amigas para celebrar San Patricio cuando, dentro del local, le estalló un objeto de vidrio en el rostro. Como consecuencia de ello, la víctima padeció y padece secuelas físicas y psíquicas, como cicatrices de tal importancia que le han causado daño emocional y psicológico.

El juez Ferrán dejó constancia en la sentencia que el 15 de mayo de 2018 el joven se sometió a una operación que no dio buen resultado, ya que no disimuló las cicatrices que tenía en el rostro y tampoco logró rehabilitar la pérdida de sensibilidad que tiene. En julio de ese año, un médico especialista consideró que la víctima padecía una incapacidad del 44,8 %.

Respecto de las secuelas psicológicas, la víctima explicó que las cicatrices han desfigurado su rostro por completo, debiendo desde la fecha del hecho, luchar para que disminuyan lo más posible y no empeore. Para ello debe utilizar todo tipo de cremas extremadamente costosas y no puede exponerse al sol, por lo que pasa el tiempo recluido en su casa, sin querer recibir visitas.

Al momento de producirse el incidente, el joven cursaba la carrera de abogacía, pero decidió abandonarla porque no quería que nadie lo viera. Tuvo, además, temor de salir a la calle, ya que tenía una sensación desagradable al ver las reacciones de la gente cuando le miraba la cara.

“Todo ello le ha producido un gran daño emocional y psicológico que lo ha sumido en una depresión que ha cambiado completamente su forma de ser, de ver y enfrentar la vida”, concluye el magistrado en la sentencia. Además, según un diagnóstico profesional, el joven padece estrés postraumático moderado, que le genera un grado de incapacidad neuropsiquiátrica del 25%.

Finalmente, el juez Ferrán explicó en la sentencia que resolvió al aplicar la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) por existir un deber de seguridad por parte de la sociedad demandada. Además, aclaró que los montos se actualizarán de manera mensual hasta que se haga efectivo el pago, por el índice de precios al consumidor (IPC) del INDEC, más una tasa de interés “pura” que se determina en un 6% anual sobre el capital ajustado.


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