Un hombre que filmó a una mujer mientras se bañaba fue condenado por “daños y perjuicios” y deberá pagarle a la víctima una suma millonaria, según lo dictado en primera instancia y ratificado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Necochea.
El hecho tuvo como víctima a la inquilina de un departamento ubicado en Necochea que se encontraba dentro de la propiedad del hombre que fue demandado. De acuerdo con la sentencia, a la que tuvo acceso Ecos Diarios, el hecho ocurrió en mayo de 2023, en una vivienda que pertenecía a la esposa del acusado, donde la mujer filmada vivía junto a su hija, menor de edad.
La víctima relató durante la instancia de investigación que en mayo de 2023 se encontraba en el baño, tomando una ducha, cuando pudo ver por el ventiluz un celular que enfocaba hacia ella. Rápidamente, salió del baño y le relató lo sucedido a una amiga que se encontraba en el departamento junto a ella, quien como testigo afirmó que la víctima “estaba blanca, asustadísima”. La joven, dijo la amiga, fue a trabajar esa noche, no volvió al departamento y “se quebró (…) se largó a llorar al llegar a lo de la mamá”.
A su turno, otra testigo relató que la mujer la llamó por teléfono inmediatamente después de sucedido el hecho, que entonces fue al domicilio y que al llegar la encontró “en ropa interior, llorando (…) shockeada. Estaba muy pero muy mal, le temblaban las manos”. Quedó “psicológicamente mal”, consignó Ecos Diarios.
Otra amiga declaró que la víctima “no se quería acercar a la casa” donde sucedió el hecho y que fue al psicólogo. Le costaba dormir, la notó “muy angustiada, la veía por la cara”.
Por último, otro testigo sostuvo que la mujer “estuvo mal, fue un tramo muy duro”, tuvo que empezar el psicólogo. A esa afectación se le sumaron luego la mudanza compulsiva que debió realizar a la casa de su madre, el retiro de sus pertenencia -que no pudo efectuar por sí por la afectación que padecía- y el largo período que debió aguardar hasta alquilar una nueva vivienda para ella y su hija.
El hecho quedó totalmente probado durante la investigación y, por ende, el juzgado de primera instancia sentenció al acusado al pago de $ 8.218.544, correspondiendo $ 8.000.000 en concepto de daño moral y $ 218.544 por daño psicológico, “entendido como daño patrimonial futuro y cierto consistente en el desembolso de la suma de dinero necesaria para el tratamiento a que debe someterse la víctima”. El acusado apeló el fallo.
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