El Gobierno fijó un nuevo esquema de actualizaciones del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirá entre noviembre de 2025 y agosto de 2026, según surge de la resolución 9/2025 publicada el miércoles en el Boletín Oficial. En este caso, la decisión fue tomada de manera unilateral porque el Consejo del Salario no logró un acuerdo entre las partes que lo integran (sindicatos y empleadores). La normativa también actualiza el mecanismo de cálculo de la prestación por desempleo, que quedará atada al nivel del salario mínimo vigente.
El esquema fijado establece aumentos mensuales y consecutivos del SMVM durante 10 meses. El primer tramo, correspondiente a noviembre de 2025, fija el salario mínimo en $328.400 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa, es decir, un aumento de $ 6.400. Para los trabajadores jornalizados, el valor inicial es de $1642 por hora. Estos montos alcanzan a quienes se desempeñan bajo la Ley de Contrato de Trabajo, en el régimen agrario, en la administración pública nacional y en entidades del Estado que actúan como empleadores. En los casos de jornadas reducidas o modalidades especiales, los valores son proporcionales.
A partir de diciembre de 2025, el ingreso mínimo pasa a $334.800. En enero de 2026 sube a $341.000 y en febrero se ubica en $346.800. Desde marzo, el salario será de $352.400 y, en abril, de $357.800. En mayo se eleva a $363.000, mientras que en junio asciende a $367.800. Para julio, el SMVM será de $372.400 y, desde el 1° de agosto de 2026, alcanzará el tramo final previsto en la resolución: $376.600.
Los valores horarios acompañan el mismo esquema de incrementos graduales: $1674 desde diciembre; $1705 en enero; $1734 en febrero; $1762 en marzo; $1789 en abril; $1815 en mayo; $1839 en junio; $1862 en julio; y $1883 en agosto.
La resolución también fija una actualización del mecanismo de la prestación por desempleo. El beneficio será equivalente al 75% del salario mensual neto más alto que el trabajador haya percibido en los seis meses previos al final de la relación laboral. Además, contará con un piso y un tope directamente vinculados al SMVM: en ningún caso podrá ser inferior al 50% del salario mínimo vigente ni superior al 100%.
La pérdida del poder de compra del salario mínimo
EL Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) viene en caída desde 2011, con una pérdida del 60%. Pero en los dos primeros años de Javier Milei, tuvo una pérdida real del 35,9%, por encima del deterioro de los gobiernos anteriores. Pasó de $ 146.000 en noviembre 2023 a $ 328.400 en noviembre 2025: un incremento del 124,9% versus una inflación del 250,7%, descontando un IPC del 2,5% para el mes pasado, según el cálculo del economista y periodista Ismael Bermúdez.
Para los que trabajan por hora, el SMVM pasó en esos 24 meses de $ 730 a $ 1.642 la hora. En octubre los $ 730 alcanzaban para comprar un litro y medio de leche fresca. Con los $ 1.642, ahora apenas un litro.
Este año, la pérdida será del 8,5%. En diciembre de 2024 el SMVM era de $ 279.718 mensuales para trabajadores mensualizados y en diciembre 2025 serán de $ 334.800: un incremento del 19,7% versus una inflación estimada del 30,8%.
Un Informe de CIFRA (Centro de Investigación y Formación de la República) destaca que, si el salario mínimo no hubiese perdido poder de adquisitivo a lo largo de esta década, superaría actualmente los $ 800.000, más del doble.
La ley de Contrato de Trabajo le asigna tres características al salario mínimo, vital y móvil. Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia por su jornada laboral. Debe asegurarle alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional. Y debe ajustarse periódicamente de acuerdo a las variaciones del costo de vida. La realidad marca que el actual SMVM no cumple ninguno de esos objetivos.
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