En el calendario de julio aparece un nuevo descanso extendido para una parte de la población argentina. En pocos días se dará un fin de semana extra largo de cuatro días consecutivos, que será el penúltimo fin del año, gracias a la combinación de un feriado nacional y un día no laborable con fines turísticos.
Esta posibilidad se da porque el jueves 9 de julio se celebra el Día de la Independencia, uno de los feriados patrios más importantes del país, que evoca la histórica declaración ocurrida en 1816 en San Miguel de Tucumán. A esto se suma el viernes 10 de julio, que fue establecido por el gobierno nacional como día no laborable con fines turísticos para fomentar la actividad económica en distintos destinos turísticos del país.
El jueves 9 de julio es un feriado nacional inamovible establecido por la Ley 27.399 en conmemoración de la declaración de la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata, proclamada por el Congreso de Tucumán en 1816.
En el caso del viernes 10, al tratarse de un día no laborable y no de un feriado nacional, la decisión de otorgarlo queda a criterio de cada empleador en el sector privado. En la administración pública, en cambio, normalmente se otorga como jornada sin actividad.
Por eso, para quienes tengan libre el viernes, el calendario permitirá disfrutar de un fin de semana largo de cuatro días seguidos, uno de los descansos extendidos más esperados de la segunda mitad del año, ya que luego sólo habrá uno más y será recién en diciembre, cuando otro día no laborable con fines turísticos se combine con el Día de la Inmaculada Concepción de María.
Cuál es la particularidad de los días no laborables
La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical, mientras que en el 182 explica que los días no laborables son optativos para el empleador.
Por lo tanto, en caso de que el empleado preste sus servicios durante un feriado, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborables, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple.
Quiénes no trabajan en los días no laborables
>Administración pública: las oficinas de las diferentes dependencias de la administración pública de todo el país permanecerán cerradas en esta jornada.
>Colectivos: funcionarán con frecuencia reducida.
>Bancos: las sucursales bancarias permanecerán cerradas, por lo que no se podrán realizar trámites en ventanilla, gestiones comerciales ni operaciones cambiarias o bursátiles. Como suele ocurrir en este tipo de fechas se mantendrán en funcionamiento los cajeros automáticos, y estarán disponibles las herramientas online como el home banking, los sistemas de pagos digitales, como las billeteras y las tarjetas de débito y de crédito, y los pagos con transferencia.
>Escuelas: cerradas.
>Supermercados: funcionarán con normalidad y las sucursales de las distintas cadenas estarán abiertas al público.
>Peajes: los peajes funcionarán como fin de semana, y tendrán como hora pico el horario de 11:00 a 15:00, sentido provincia de Buenos Aires, y de 17:00 a 21:00, sentido centro.
CALENDARIO OFICIAL DE FERIADOS 2026 EN ARGENTINA
Julio
• Jueves 9: Día de la Independencia.
• Viernes 10: día no laborable con fines turísticos.
Agosto
• Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladable que este año permanece en su fecha original).
Octubre
• Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Noviembre
• Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20 de noviembre).
Diciembre
• Lunes 7: día no laborable con fines turísticos.
• Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María.
• Viernes 25: Navidad.
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