El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II) para el período correspondiente a los salarios devengados durante junio. El mismo estará comprendido entre el 25 de junio y el 1 de julio próximo.
En la medida publicada hoy en el Boletín Oficial se determinaron las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio al Repro II.
Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán mayo de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será mayo último.
El Gobierno nacional incrementó en un 75 por ciento la ayuda a las empresas adheridas al Repro II para el pago de los salarios de mayo y del nuevo plan de asistencia al trabajo independiente en sectores críticos, que abarcó alrededor de 35.000 empresas y 580.000 trabajadores, con una inversión del Estado cercana a los 11.000 millones de pesos.
En mayo, alrededor de 35.000 empresas accedieron al beneficio dispuesto. El monto total transferido para el pago de las remuneraciones ascendió a 8.600 millones de pesos y a este se suma el pago a más de 107.000 trabajadores encuadrados en el régimen de autónomos o monotributistas, con una inversión fiscal superior a 2.300 millones de pesos.
En total, el Repro II de mayo colaborará con los salarios de alrededor de 580.000 trabajadores por un monto cercano a los 11.000 millones de pesos. Más de 6 de cada 10 empresas obtuvieron la asistencia y más de 7 de cada 10 solicitantes al Programa de Trabajo Independiente, accedió al beneficio.
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