En el marco de un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Dolores, la Dra. Claudia Castro condenó a una mujer por prostituir y lesionar a su hija menor de edad en Castelli y también a un vecino de la localidad juzgado por tocamientos a la víctima.
Según publicó el portal Infozona, la jueza indicó en su fallo tener legal y plenamente probados los ilícitos llevados a juicio.
Asimismo, señaló en el veredicto que en la casa de la imputada se vivenciaban a diario episodios de violencia por parte de ésta respecto de sus hijos y que en el marco de esos sucesos la menor había resultado lesionada, motivo por el cual había radicado una denuncia y había sido hospitalizada, a raíz de lo cual se había iniciado una investigación.
La menor relató que su madre la mandaba a la ruta a esos encuentros sexuales a cambio de dinero, fundamentalmente con dos hombres. Según contó, los mismos se comunicaban por teléfono y la pasaban a buscar para ir a un campito en la ruta o concurrir a un hotel alojamiento de la zona. También reveló que el dinero que le entregaban esos hombres se lo daba a su madre.
Respecto del otro imputado, detalló cómo habían sido esos tocamientos y manifestó que le tenía miedo, pues había amenazado con prender fuego la casa de la familia o pegarles a todos. Además, relató que tenía un arma.
Dijo la jueza haber advertido “angustia” durante toda la declaración de la menor, agregando: “Sus dichos resultaron absolutamente sinceros, creíbles y, por cierto, teñidos por momentos de un alto nivel de resignación”.
Ambas defensas pidieron la absolución de sus defendidos. Sin embargo, para la jueza, en contrario, la prueba ventilada en el juicio la había convencido de la existencia de los hechos y de la autoría de los imputados en cada caso.
Por ello la Dra. Castro resolvió condenar a V.A.G., de 42 años, con domicilio en Castelli y actualmente alojada en la Unidad Penal 50 de Batán, como autora de los delitos de “Lesiones leves calificadas por el vínculo (Hecho I)” y “Promoción y facilitación de la prostitución agravada por la minoría de edad de la víctima y por el parentesco (Hecho II)”, imponiéndole una pena de “Once años de prisión”.
Y a C.J.L.M., de 50 años de edad, con domicilio en Castelli y actualmente alojado en la Unidad Penal 6 de Dolores, como autor del delito de “Abuso sexual”, a quien impuso una pena de “Dos años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento”, pero en definitiva a la pena única de “Cinco años de prisión”, comprensiva de la de “Tres años de prisión en suspenso” (cuya condicionalidad se revocó) impuesta en 2013 por el Tribunal en lo Criminal Nro. 2 por su responsabilidad en un incendio intencional.
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