La Sala Cuarta de la Cámara de Casación anuló el fallo del Tribunal Oral N°1 que absolvió a Juan Pablo Offidani, Matías Farías y Alejandro Maciel por el femicidio de Lucía Pérez, su abuso sexual y el posterior encubrimiento.
La resolución indica que la sentencia tiene un “déficit de imparcialidad palmaria y expresamente -aunque obviamente no lo haya sido de manera intencional, por supuesto- en un preconcepto respecto a las actividades y hábitos de la víctima y fue en base a ese ilegítimo argumento subjetivo en que se edificaron su posición o postura al respecto”.
El fallo de los jueces Fernando Mancini, Carlos Ángel Natiello y Mario Eduardo Kohan ordena la realización de un nuevo juicio “con la premura que el caso amerita y al dictado de un nuevo pronunciamiento sin costas”.
Según consigna el diario La Capital, el principal argumento de Casación para rechazar la sentencia del Tribunal 1, integrado por los jueces Aldo Carnevale, Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, es señalarle que deben tener “en consideración el contexto en el que ocurren los hechos, realizar un análisis de los mismos, determinar el encuadre jurídico apropiado, y valorar la prueba con perspectiva de género”.
Al respecto señala que “el Tribunal, inexplicablemente se enfoca a indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter, y en distinguir la conducta de los imputados, y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal”.
Finalmente en ese sentido la Sala Cuarta dice que “aparece como un despropósito que el Tribunal se haya efectuado indagaciones tales como las conductas de Lucía a la luz de detalles preexistentes en su historia vital, sin centrarse en el episodio y sus distintas secuencias, amén de adentrarse en otras circunstancias de su vida íntima que poco aportaban a la elucidación del hecho enjuiciado”.
El caso
El juicio por el femicidio de Lucía, ocurrido el 8 de octubre de 2016, se realizó en noviembre de 2018 y para Marta Montero y Guillermo Pérez, los padres de Lucía, “estuvo lleno de irregularidades” porque hubo “más de 30 puntos que no se mencionaron en la sentencia”. Los jueces descartaron el abuso sexual en base a informes forenses y por consecuencia directa, la muerte relacionada.
Así, Farías y Offidani fueron absueltos del delito de abuso sexual seguido de la muerte e incluso de la figura de femicidio propuesta por el fiscal Daniel Vicente en relación a Farías, para quien había pedido una pena de prisión perpetua; para Offidani el pedido fue de 18 años para Maciel, la absolución.
Finalmente, Farías y Offidani fueron condenados a 8 años de prisión por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”.
02 de mayo. El fiscal que entiende en la causa encontró inconsistencias en su declaración como testigo. Por el momento el hombre permanece en libertad.
02 de mayo. Al advertir movimientos sospechosos dieron aviso a la Policía que inmediatamente se hizo presente en el lugar. Fueron demoradas cuatro personas.
02 de mayo. El precio de las naftas se toma como referencia para los valores de las infracciones. Uno por uno, los nuevos montos.
02 de mayo. Las primeras averiguaciones indican que, hace unos 7 años, hubo un pedido de localización del hombre que aparece en el DNI, pero también que se habría vacunado contra el Covid.
02 de mayo. Los intendentes de ambos distritos, Walter Wischnivetzky y Gustavo Barrera, recorrieron y supervisaron los avances de la obra financiada por la Provincia.
02 de mayo. Este mes la jubilación aumenta un 11%, y en el caso de la mínima llega a $ 190.000, a lo que se suma el bono de $70.000.