21/04/2022 | Noticias | Sociedad

La Anmat prohibió cuatro variedades de una marca de granola

La Administración resolvió que “por carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento y contener un ingrediente no permitido en alimentos”, resultan ser productos falsamente rotulados e ilegales.


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta online de cuatro variedades de granola por “carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento, resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales” y por contener un ingrediente prohibido.

A través de la disposición 3015/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo prohibió los productos marca Nutrinola: Granola artesanal - sin azúcar agregada - sin conservantes Energizante! con maca andina marca Nutrinola, Granola artesanal - sin conservantes - 100% vegan, nombre de fantasía: Cocada; Granola artesanal - sin azúcar agregada - sin conservantes, nombre de fantasía: Tradicional; Granola tropical - 100% vegan y Granola base - apto vegano - sin conservantes, Santa Fe – Argentina.

A partir de una denuncia recibida, el Departamento Vigilancia Alimentaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) realizó una consulta a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) para saber si la granola en cuestión se encontraba registrada. ASSAl informó que en su base de datos no hay registros del producto con esos datos.

Además, el organismo santafesino remarcó que la maca no está contemplada en el Código Alimentario Argentino (CAA), según el cual “todos los alimentos, condimentos, bebidas o sus materias primas y los aditivos alimentarios que se elaboren, fraccionen, conserven, transporten, expendan o expongan, deben satisfacer las exigencias del mencionado código”.

El texto menciona también que a través de la disposición 5323/2016 la Anmat prohibió “la comercialización en todo el territorio nacional de todo producto en el cual se encuentre entre sus ingredientes maca de cualquier origen y marca”.

Los productos tampoco pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado.

Finalmente, la Administración resolvió que “por carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento y contener un ingrediente no permitido en alimentos”, resultan ser productos falsamente rotulados e ilegales.


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