El ministerio de Trabajo de la Nación dictó esta tarde la conciliación obligatoria en el conflicto entre la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y las cámaras empresarias, por lo que se desactivó el paro de 8 horas que iba a empezar a las 22 de este martes.
La medida de fuerza iba a realizarse en reclamo de la apertura de paritarias y de un bono para recomponer los salarios y estaba prevista para este martes desde las 22.00 hasta las 6.00 del miércoles, afectando a todos los servicios de transporte de colectivos de corta y media distancia.
El Ministerio dio por “iniciado un período de conciliación obligatoria por el término de quince (15) días, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11° de la normativa preindicada, debiendo retrotraerse la situación a la existente con anterioridad al inicio del conflicto y por el plazo de duración del presente procedimiento conciliatorio”.
Además, intimó a las empresas que integran la Federación Argentina de Transporte por Automotor de Pasajeros (FATAP), durante el periodo que rige la conciliación, a “abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por la organización sindical y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado, así como también a otorgar tareas en forma normal y habitual a su personal”.
En esa línea, la FATAP y los trabajadores representados por dicha entidad sindical deberán “dejar sin efecto” durante 15 días “toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual”.
La cartera laboral también exhortó a “las partes en conflicto a mantener la mejor predisposición y apertura para negociar los temas sobre los cuales mantienen diferencias y contribuir, de esa manera, a la paz social y a mejorar el marco de las relaciones laborales en el seno de las empresas involucradas”.
El Ministerio ratificó la audiencia fijada para el jueves a las 12, mediante plataforma virtual, “a fin de evaluar el avance de las negociaciones y el acatamiento de lo ordenado” en el marco de la conciliación obligatoria. En los considerandos, precisó que resulta “necesario disponer las medidas pertinentes para promover una solución pacífica y legal al conflicto planteado”, dado que la medida de fuerza produciría “un grave perjuicio a la sociedad”.
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