Sábado 27 de abril de 2024
23 DEC 2019 - 17:58 | Política

Ya rige la Ley de Emergencia Económica: fue publicada en el Boletín Oficial

Tras su oficialización, entraron en vigencia el impuesto al dólar y la suba de retenciones, como también la suspensión de la movilidad jubilatoria y de las tarifas energéticas.

Si bien se demoró su promulgación, finalmente la Ley de Emergencia Económica está vigente.

El Gobierno reguló la ley de emergencia pública, con lo que comenzaron el nuevo impuesto al dólar, el cambio en las retenciones y en bienes personales. Además, se suspendió la movilidad jubilatoria que impuso Cambiemos y se activó la moratoria para PyMEs.

Con la oficialización de hoy, todas las normas aprobadas el sábado en el Senado rigen desde hoy a las 00, tal como indica en su artículo 87: “la presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial”.

Por lo tanto, todas las operaciones con divisas que hayan sido cursadas desde el comienzo de la jornada contarán con el 30% adicional que recaudará AFIP. Este impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria (PAÍS) abarcará tanto la adquisición de billetes verdes para ahorro como compras con tarjetas de productos y servicios en el exterior, informó el periodista Ezequiel Orlando de El Destape.

En la negociación en el Congreso de la ley 27.541, quedaron excluidos de este tributo los gastos por prestaciones de salud, compra de medicamentos y de libros, plataformas y software educativos. Tampoco las erogaciones por proyectos de investigación del Estado o universidades ni los materiales destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de algunas entidades.

Con la publicación de hoy, el Ejecutivo gana la facultad de armar un nuevo esquema de retenciones. Los derechos de exportación de la soja se incrementarán tres puntos al 33% y para el maíz y trigo del 12% al 15%. No obstante, el Ministerio de Agricultura se encargará de compensar a los pequeños productores y cooperativistas.

Por otra parte, aumentaron las alícuotas del impuesto a los bienes personales: la de la escala mínima pasó de 0,25% a 0,5%, y la máxima de 0,75% a 1,25% anual. Si se trata de activos en el exterior, el porcentaje será del 2,5%.

En tanto, suspendió por 180 días la fórmula para los aumentos jubilatorios que aplicó Mauricio Macri desde 2017 luego de una feroz represión en el Congreso. Durante esos seis meses, el Ejecutivo se compromete a entregar dos subas trimestrales, tal como indicaba el cronograma de esta movilidad. De acuerdo al diputado Darío Martínez, el acumulado será superior al 30%, lo que llevará al haber mínimo por lo menos a los $ 18.200.

La ley de ajuste de Cambiemos estimaba un incremento del 11,54% para marzo y otra de aproximadamente un 15% para junio, precisó el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja. Eso daría un 28,7% para el semestre.

En sus primeros artículos, la norma crea una moratoria previsional para las MiPyMEs. Según precisó el propio Alberto Fernández en una entrevista en A24, “son muchísimas” las compañías con este tipo de deuda que, si no les proveían una solución, entrarían en quiebra.

Otro de los puntos principales autoriza al Ejecutivo a intervenir el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Regulador del Gas (ENARGAS). También habilita al Gobierno a congelar las tarifas de luz y gas por 180 días, "propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias, para el año 2020".