08/03/2015 | Noticias | Sociedad

Ojos distraídos ante la explotación sexual

Sólo 20 municipios bonaerenses tienen algún tipo de normativa que prohíbe este tipo de locales. Cuál es la situación en Dolores. Vía libre en La Costa, Maipú y Pinamar, entre otros distritos de la zona. Más detalles.

Cabarets”, “whiskerías”, “dancings” son algunas de las denominaciones tras las cuales –cualquiera sabe- se suelen esconder sitios de explotación sexual. El Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires difundió un informe en el que sostiene que sólo 20 municipios bonaerenses tienen algún tipo de normativa que prohíbe las habilitaciones de locales donde puede producirse algún tipo de explotación sexual, mientras que 43 toleran de alguna manera la habilitación de esos establecimientos. Entre ellos, se encuentra el Partido de La Costa, Pinamar y General Madariaga.

Atención: el informe analiza la situación de sólo 63 municipios de los 135 que componen la organización provincial, porque releva sólo aquellos que tienen digitalizadas sus ordenanzas y que cuentan con un digesto actualizado. Dolores, por ejemplo, no figura ente los relevados.

PROHIBIR O NO PROHIBIR
En Dolores existen tres ordenanzas que regulan la actividad de lugares de esparcimiento nocturno, entre los que se incluyen las famosas “whiskerías”, la primera de ellas de 1991. La prohibición vigente es la de que no funcione en la zona céntrica de la ciudad.

Un ex concejal que participó de varios de los debates nos dijo que el debate fue siempre acerca de prohibir o restringir y que en la mayoría de las discusiones primó siempre la segunda postura. Algo así como “hacérsela difícil” y posibilitar la clausura por infracciones a esa reglamentación. En la actualidad, locales que durante muchos años formaron parte del paisaje local, como Las Piedritas o El Puente, se encuentran cerrados. Desde la comuna aseguran que no hay whiskerías funcionando abiertamente en la ciudad.

TRES ORDENANZAS
En 1991 se dictó una ordenanza que prohibió “el funcionamiento de wiskerías, cabarets, boites y bares nocturnos atendidos por alternadoras y/o coperas dentro del radio urbano de la ciudad”. En esa norma se exige la actualización cada 15 días de la libreta sanitaria de los “propietarios y responsables” y se exigen requisitos tales como tener baños separados para hombres y mujeres y seguridad contra incendios.

En 2005 (es decir, post Cromañón) se dictó una nueva ordenanza regulando “confiterías bailables, discotecas, discos, bares dancing y/o asimilables”. La ordenanza tiene un extenso articulado, en el que se habla de requisitos edilicios y de seguridad, fuentes sonoras, horarios y concurrencias. Allí se establece que los bomberos serán los encargados de realizar la inspección técnica para habilitar los comercios.

En 2012 se reformó la ordenanza de 2005, introduciendo una modificación en la definición de cada uno de los locales regulados. En el inciso d) del artículo segundo se define a las “whiskerías” como “establecimiento total o parcialmente atendido por personal femenino donde se expenden bebidas, no se sirven comidas y no se realizan bailes”.

LOS QUE PROHIBEN
En el listado del Observatorio de Violencia de Género, dentro de los municipios que no permiten la habilitación de locales de tipo cabaret figuran Chascomús, San Martín, La Plata, Morón, General Pueyrredón, Azul, Tandil, Florencio Varela, Mar Chiquita, Bolívar, Pehuajó, Salliqueló, Trenque Lauquen, Las  Flores, Chacabuco, Campana, Exaltación de la Cruz, San Nicolás de los Arroyos, Ayacucho y Pergamino.

Entre los que permite la habilitación de estos locales, el informe incluye a varios de nuestra región: aparecen La Costa, Maipú, Villa Gesell, General Madariaga y Pinamar. También Lomas de Zamora, San Isidro, Bahía Blanca, Rauch, Florentino Ameghino, Berazategui, Monte Hermoso, Torquinst, Berisso, Capitán Sarmiento, Arrecifes, Baradero, Quilmes, Carmen de Patagones, Coronel Dorrego, Coronel Rosales, Coronel Suarez, General Villegas, Avellaneda, Adolfo Alsina, Tigre, Junín, Lincoln, Rojas, Malvinas Argentinas, Bragado, Carmen de Areco, Marcos Paz, Moreno, Navarro, Nueve de Julio, San Andrés de Giles, 25 de Mayo, Roque Pérez, Saladillo, San Vicente, San Pedro y Pilar.

ATRIBUCIONES
La prostitución no se halla prohibida en el territorio nacional, pero sí se encuentra prohibida la instalación de locales tipo cabaret. A nivel provincial, la regulación de la prostitución solo aparece en ámbito provincial a través del código contravencional. Y corresponde a las comunas solamente la posibilidad de habilitación o no de los lugares donde la misma se consuma.

El informe de la Defensoría del Pueblo, además, revela que fueron dieciséis las sentencias por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual en la Provincia en estos años. De esos procesos, en once hubo condena de los imputados, en dos se absolvieron a alguno de los imputados y en otras dos se absolvieron a todos los procesados.


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