Finalmente y después de que el ministro de Economía Martín Guzmán cuestionara a la Secretaría de Energía por no convocar a la audiencia pública por el aumento de las tarifas de luz, la cartera a cargo de Darío Martínez le puso fecha a las reuniones para la actualización de las tarifas de los servicios de gas y electricidad por redes y la correspondiente a la segmentación de subsidios.
Según un comunicado de la Secretaría, “la totalidad de los beneficiarios de tarifa social de gas no serán alcanzados por un nuevo incremento durante este año, mientras que, para aquellos usuarios de electricidad del AMBA que tienen este beneficio, la nueva corrección no superará el 6% en promedio”.
“Por su parte, el 10% de usuarios residenciales de los servicios de gas y de electricidad, con mayor capacidad de pago de la sociedad, dejará de recibir el beneficio de subsidio a la energía”, agregaron.
En este sentido, señalaron que, para la mayoría de los usuarios residenciales de Edenor y Edesur -excluidos quienes son beneficiarios de tarifa social-, las facturas de luz tendrían una corrección en promedio del 17%.
Por otro lado, esa revisión promedio para la mayoría de los usuarios de gas del país se ubicará en 21,5% con leves variaciones según las regiones, según la información oficial.
“La Secretaria de Energía con Respectivas Resoluciones, estableció la convocatoria a las Audiencias Públicas, que pondrán a consideración de los usuarios, estos mecanismos y actualizaciones tarifarias, que contemplarán especialmente la situación de los sectores vulnerables y de menor capacidad de pago, dentro de los márgenes allí definidos y que se regirá por el principio de gradualidad”, afirmaron y dijeron que, de esta manera, se inicia “el proceso de actualización tarifaria definido por el Gobierno Nacional en el programa económico que apunta a lograr niveles de tarifas razonables y susceptibles de ser aplicadas con criterios de justicia y equidad distributiva para los servicios públicos de gas y electricidad”.
Para los usuarios residenciales se considerará como criterio objetivo, una corrección tarifaria relacionada a la evolución de sus ingresos, representada por el coeficiente de variación salarial (CVS), como lo establecía la Ley N° 27.443, frustrada por el veto total impuesto por la administración anterior.
Para el 90% de los usuarios residenciales, este mecanismo garantiza que las actualizaciones tarifarias siempre serán inferiores a sus aumentos salariales, implicando correcciones en sus facturas menores que el incremento de sus ingresos en términos reales.
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