El Juzgado Federal de Azul dictaminó que Raúl Pérez Roldán, el creador de la famosa escuela tenística de Tandil y padre del ex tenista Guillermo Pérez Roldán, tiene prohibido salir de la Argentina, además de imponerle la utilización de una tobillera electrónica y fijar una inhibición sobre sus bienes, según informó La Nación.
La Justicia había ordenado investigar al ex entrenador por trata de personas, abuso sexual agravado y otros delitos cometidos contra menores de edad. La resolución se enmarca en la demanda iniciada el 24 de agosto de 2022 por su hijo “por reducción a la servidumbre, lesiones y administración infiel”, y también por Graciela Pérez, una de las primeras alumnas de Pérez Roldán (padre) en el club Independiente de Tandil.
En esa presentación se planteó la hipótesis de que hubo un plan criminal orquestado por el acusado entre los años 70 y 80 en el que se cometieron una serie de delitos, que van desde la reducción a la servidumbre y la administración infiel hasta lesiones y abusos sexuales.
En la resolución del Juez Federal Gabriel Hernán Di Giulio, que reprodujo La Nación, consta la solicitud de protección de ambos denunciantes por el temor que les inspira el acusado: “Guillermo Pérez Roldán expresó que posee temores, en especial por sus hijos. Indicó que ‘Sabe de lo que es capaz su padre… por lo tanto quisiera tener algo de seguridad’. Graciela Pérez se manifestó conmovida e indicó que ‘le gustaría tener protección porque vive muy cerca del domicilio del denunciado, sale todos los días a trabajar y vive con miedo. No sabe de qué puede llegar a ser capaz’ y agregó que ‘desde que se decidió a hablar, vive con miedo’”.
Los puntos más destacados de la resolución del juez Di Giulio son los siguientes:
> “La prohibición de acercamiento (de Raúl Pérez Roldán a Graciela Pérez) queda delimitada en una distancia de 200 metros; y ordenar a la División Unidad Operativa Federal Tandil la disposición de un medio de contacto expedito y habilitado las 24 horas del día para que Graciela Pérez pueda, en caso de necesitarlo, requerir el inmediato auxilio de la fuerza policial”.
> “Decretar por el término de 180 días la vigilancia del imputado mediante monitoreo ambulatorio con dispositivo de geo posicionamiento satelital”.
> “Prorrogar por el término de 180 días la prohibición de contacto y de acercamiento dispuesta a Raúl Horacio Pérez Roldán respecto del señor del Sr. Guillermo Pérez Roldán y de su grupo familiar (cónyuge, hijas e hijos). La prohibición de contacto comprende cualquier medio e incluye la comunicación por interpósita persona. La prohibición de acercamiento queda delimitada en una distancia de 200 metros”.
> “Ordenar la prohibición de salida de país del imputado por el término de 180 días, emplazándoselo para que en el término de 5 días haga entrega de su pasaporte”.
> “Disponer la obligación del imputado de fijar domicilio del que no podrá ausentarse por un lapso mayor de 72 horas sin autorización previa del Juzgado”.
> “Decretar la inhibición general de bienes de Raúl Horacio Pérez Roldán (DNI 4.520.680) y a la firma Bakota S.A. (CUIT 30-61109698-0) por 180 días. Decretar la inhibición general de bienes de Liliana Beatriz Sagarzazu (esposa de Raúl Pérez Roldán) por el término de 180 días”.
> “No hacer lugar a las solicitudes de prisión preventiva o de arresto domiciliario formuladas por la querella”.
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