La Cámara de Apelaciones y Garantías rechazó este viernes el pedido de libertad condicional presentado por la defensa de dos de los policías bonaerenses que habían sido condenados por el crimen de la Natalia Melmann, ocurrido en Miramar en el verano del 2001.
En un fallo por mayoría, los jueces de la cámara marplatense confirmaron este viernes al mediodía el fallo del juez de Ejecución Penal, Ricardo Perdichizzi, quien a principios de diciembre pasado no hizo lugar a un pedido de Oscar Alberto Echenique (64) y de Ricardo Anselmini (56) para que sean beneficiados con la libertad condicional.
En su momento, al denegar las excarcelaciones, el juez Perdichizzi había considerado que en cuanto a Anselmini y Echenique no hubo avances en cuanto a un tratamiento psicoterapéutico que la Cámara de Apelaciones les había exigido en 2022, al rechazar otro pedido anterior de libertad condicional.
La resolución de Perdichizzi fue en línea con el planteo de los abogados Federico Paruolo y Yamil Castro Bianchi, representantes de los padres de Natalia (15), Gustavo Melmann y Laura Calampuca.
La falta de avances en materia terapéutica también había sido subrayada durante la audiencia por el fiscal Daniel Vicente.
Además, remarcaron que, en el caso de Echenique, entre el lugar ofrecido como residencia y la vivienda de la madre de la víctima, en el partido de General Alvarado, había una distancia muy corta; mientras que en el de Anselmini, se advirtió que en el lugar residía otra persona con antecedentes penales.
A su vez, en esta instancia no se discutió el cumplimiento de los plazos para aspirar a la libertad condicional, ni la “buena conducta de encierro” de los condenados en la Unidad Penal 44 de Batán.
De acuerdo a la legislación vigente, Anselmini y Echenique pueden aspirar a un régimen de ese tipo por haber cumplido 20 años de reclusión, el 29 de septiembre de 2022 en el primer caso y el 7 de junio del mismo año en el otro.
LA CONDENA
Anselmini y Echenique fueron sentenciados en septiembre de 2002, como coautores de los delitos de “rapto, abuso sexual con acceso carnal agravado por la pluralidad de personas y homicidio criminis causa” en perjuicio de Natalia, cometidos el 4 de febrero de 2001.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata los condenó junto a otro policía, Ricardo Suárez (61), quien según fuentes judiciales no presentó ningún pedido para gozar de libertad condicional.
Por el hecho también fue sentenciado en esa instancia, pero a 25 años de cárcel, Gustavo “Gallo” Fernández, por su participación en el secuestro, aunque la pena fue reducida luego a 10 años de prisión.
El último 17 de mayo, más de 22 años después del crimen, fue sentenciado a perpetua un cuarto policía, el exsargento Ricardo Panadero.
El TOC 4 marplatense lo halló culpable de “privación ilegítima con empleo de violencia, abuso sexual calificado por la intervención de dos o más personas y homicidio doblemente agravado por el concurso de dos o más personas y por haberse consumado para lograr la impunidad”.
La condena del cuarto policía se dio en el marco del segundo juicio que debió enfrentar, ya que había sido absuelto en un primer proceso en 2018 pero ese fallo fue apelado y el 13 de noviembre de 2019 la Sala III del Tribunal de Casación bonaerense anuló esa absolución y ordenó la realización de un nuevo juicio.
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