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25 SEP 2020 - 17:50 | Coronavirus
La cuarentena administrada

Villa Gesell: podrán ingresar propietarios no residentes sólo por motivos de fuerza mayor

Se resolvió tras una reunión virtual entre el alcalde, contribuyentes que no viven en el distrito y representantes de instituciones. Habrá que llenar un formulario. Evaluarán cada caso.

El intendente de Villa Gesell autorizó el ingreso al distrito de propietarios no residentes. Igual, se evaluará cada caso (foto: Minuto G).

Esta mañana el intendente de Villa Gesell, Gustavo Barrera, mantuvo una reunión de forma virtual con más de 20 representantes de diversas instituciones del distrito con el fin de comunicar la medida tomada con respecto al ingreso de los propietarios no residentes. Según informó el portal Minuto G, la solicitud estará disponible desde este lunes 28 de septiembre en el sitio web oficial de la Municipalidad y tendrá validez de declaración jurada.

Luego de varias semanas de fuerte presión de propietarios no residentes y con la convocatoria a una caravana hacia la ciudad tomando fuerza, la comuna emitió un comunicado en el que se anuncia que "ante el cambio de la situación epidemiológica, con un aumento preocupante de la cantidad de contagios en la región y tras el fuerte avance del virus en la Costa Atlántica, la decisión de las autoridades municipales es que el ingreso al partido de los contribuyentes no residentes esté sujeto a lo previsto por el DNU 754/20, que establece autorizaciones sólo a personas por causas de fuerza mayor o para atención de emergencias".

Para dichos ingresos se implementará un formulario que tendrá validez de declaración jurada, desde donde la Dirección de Control Sanitario comprobará la veracidad de los datos que el contribuyente informe en la solicitud. A su vez, se analizarán dichas declaraciones juradas para ordenar y escalonar el ingreso de acuerdo con las situaciones enmarcadas en el artículo 12, inciso 6 (personas que deban atender una situación de fuerza mayor) y el artículo 17 (mantenimiento de los servicios básicos agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc, y atención de emergencias) del Decreto presidencial de Necesidad y Urgencia 754/20. En 72 horas, el municipio resolverá la aprobación o no de la solicitud, siempre respetando lo establecido por la norma nacional", continúa el escrito.

"Asimismo, se continuará dando cumplimiento a la medida de confinamiento preventivo y obligatorio para aquellas personas que provengan de áreas de transmisión comunitaria, se restringirá el ingreso a toda persona que presente síntomas compatibles con Covid 19 al ingreso y se pondrá en conocimiento fehaciente al Juzgado Federal de Dolores en caso de violación a lo dispuesto en los artículos 205 y 239 del Código Penal Argentino", culmina el texto.