25/02/2022 | Noticias | Sociedad

Castelli: revocan la prisión domiciliaria del dolorense acusado de golpear, robar y privar de la libertad a un constructor

La Sala I de la Cámara de Apelaciones consideró que “los imputados intentarían entorpecer la investigación, atento muy especialmente a estar relacionados con el poder político de Castelli”.


La Sala I de la Cámara de Apelaciones revocó el pedido de detención domiciliaria solicitada por la defensa del dolorense Carlos Ferre y de Pablo Díaz y Ezequiel Díaz, imputados por el delito de “robo agravado por ser en poblado y banda, extorsión agravada por la participación de tres personas, en concurso real con privación de la libertad”, contra Horacio Jarpa, un constructor de nacionalidad boliviana que realizaba obras en Castelli.

Los procesados se encuentran detenidos desde el día 9 de enero y su defensa presentó un recurso solicitando la prisión domiciliaria,  aludiendo temas familiares, psicológicos y médicos. Si bien el Juez de Garantías Mariano Cazeaux dio lugar a este recurso, el fallo no quedó firme por la apelación realizada, tanto por el abogado querellante, Dr. Héctor Zamora como por la fiscal interviniente Dra. Mónica Ferre, según informó el portal Noticiero Diario.

En este sentido, el Juez Luis Defelito, integrante de la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones, retomó lo expuesto por el Dr. Zamora al indicar que “los imputados intentarían entorpecer la investigación, atento muy especialmente a estar relacionados con el poder político de Castelli”. Además, entendió que no hay motivo para otorgar ese beneficio, ya que se trata de personas que no sufren ninguna enfermedad terminal y tampoco son mayores de 70 años. En el escrito también se hace referencia al peligro de fuga, teniendo en cuenta los recursos con los que cuentan los acusados, que les permitirían permanecer escondidos o irse del país.

En esta línea, el fallo menciona lo expresado por la querella “si se confirma esta resolución (detención domiciliaria) se sentirá la influencia que tienen los imputados”. Y agrega: “Es necesario profundizar que estamos frente a hechos que necesariamente tendrán que aclararse y determinarse qué relación tienen con el poder y por qué se manejan sin realizar ningún contrato, sin entregar planos y establecer los montos, debiendo también ser motivo de investigación de dónde se obtienen estos fondos”.

Haciendo referencia a lo manifestado por la Fiscal Dra. Ferre, en la resolución se destaca estar en presencia de un hecho extremadamente grave “no sólo por la pena en expectativa sino, fundamentalmente, por las características del mismo”.

Además, se cuestiona la decisión del Juzgado interviniente que, según lo dicho en el fallo, sólo tuvo en cuenta las pericias de parte aportadas por la defensa y no se ordenaron  informes a la Asesoría Pericial, que permitan dar una visión integral en correlación con aquellos aportados por el propio defensor de los imputados.

En cuanto a los problemas de salud física y psíquica que menciona la defensa, la revocación indica que no hay impedimentos para que puedan ser asistidos dentro del régimen penitenciario.

Basándose en todo lo expuesto los integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelaciones, Dr. Luis Defelitto y Dra. Miriam Yaltone, resolvieron revocar la prisión domiciliaria que había sido concedida por el juez de grado a los imputados Pablo Emanuel Díaz, Zenón Ezequiel Díaz y Carlos Manuel Ferre, quienes deberán permanecer detenidos en una dependencia policial o penitenciaria.


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