El gobierno nacional puso nuevos límites para la entrega de medicamentos gratuitos a jubilados y pensionados del PAMI, por lo que de ahora en más no podrán acceder ese beneficio aquellas personas que tienen ingresos netos mayores a 1,5 haberes previos mínimos (unos $ 380.000) o no poseer más de un inmueble.
Si bien desde el PAMI aclararon que garantizarán el 100% de cobertura en medicamentos ambulatorios, lo hará través del Subsidio por Razones Sociales, destinado a personas afiliadas que, debido a su situación de vulnerabilidad social, no pueden afrontar el costo de sus medicamentos con descuento.
En concreto, con el anuncio de las autoridades de la obra social de los jubilados ya no habrá 5 medicamentos cubiertos al 100% por jubilado, como venía siendo hasta ahora, con excepción de aquellos que realicen un trámite específico para contar con el llamado “subsidio social”, según consignó la Agencia DIB.
“Todo aquel afiliado que no pueda pagarlo, puede iniciar el trámite para obtener el subsidio social. Quien no está inscripto debe hacerlo. Es un trámite simple que se puede iniciar en la web y luego presentarse en la agencia”, aseguró el titular del PAMI, Esteban Leguizamo.
El funcionario añadió que no se sacó ningún medicamento del vademécum. “Los descuentos de los medicamentos al 50%, 60 y 80% siguen sin modificaciones”, manifestó.
Los afiliados que deseen tramitar este beneficio deberán cumplir con los siguientes requisitos:
>Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previos mínimos. Esto es, alrededor de $ 380.000. En los hogares con convivientes que posean Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
>No estar afiliado a un sistema de medicina prepaga de forma simultánea con PAMI.
>No ser propietario de más de un inmueble, ni poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
>No tener un vehículo con menos de 10 años de antigüedad, salvo los hogares con convivientes que tengan CUD, quienes podrán ser titulares de un vehículo con menos de 10 años de antigüedad.
>No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Si una afiliación no cumple con los puntos 1 y 2, pero los medicamentos necesarios representan un gasto igual o superior al 15% de sus ingresos, podrá solicitar el 100% de cobertura mediante un mecanismo de excepción. En este caso, se evaluará la situación a través de:
>Un informe social según la Disposición 7339/GPSyC/13 y la escalada de vulnerabilidad socio-sanitaria establecida en la Disposición 306/GPSyC/05.
>Una revalidación médica.
Qué dijo el PAMI sobre las restricciones
El PAMI emitió un comunicado en el que intentó llevar tranquilidad a sus beneficiarios, aunque evitó dar precisiones y generó dudas entre los jubilados y pensionados.
El comunicado alude a un reordenamiento de la cobertura de medicamentos de la entidad como parte de una “gestión planificada y eficiente”. El organismo se vio “en la necesidad de llevar a cabo readecuaciones en las coberturas de medicamentos a lo largo de este año en distintas etapas. En el contexto de la firma de un nuevo convenio con la industria, se lleva adelante una nueva readecuación”. Además, indicó que se va a continuar con la cobertura de medicamentos al 100% “como lo indica la legislación vigente”.
“Si alguien no puede pagar, puede ir a cualquier agencia de PAMI y tramitar el subsidio social. Este es un proceso rápido y sencillo”, explicó Leguizamo, y subrayó que el objetivo es garantizar que nadie quede sin medicación por razones económicas. “El Instituto tiene que financiar la demanda, y no la oferta como era antes. Ese es el concepto de administración más importante que tenemos”, explicó.
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