26/10/2020 | Noticias | Política

Un fiscal de Mar del Plata pidió el sobreseimiento de Stornelli en el caso D’Alessio

Juan Manuel Pettigiani consideró que no se le puede atribuir responsabilidad en los hechos. El Juez de Dolores había procesado al magistrado por asociación ilícita y violación a la ley de inteligencia, entre otros delitos.


El fiscal general de Mar del Plata, Juan Manuel Pettigiani, solicitó el sobreseimiento de su par, Carlos Stornelli, en la causa que tiene como detenido al abogado Marcelo D’Alessio.

Pettigiani se pronunció de cara al procesamiento que dictó en diciembre del año pasado el juez de Dolores, Alejo Ramos Padilla, por asociación ilícita y violación a la ley de inteligencia, entre otros delitos. La Cámara de Mar del Plata debe aún debe resolver si confirma o no esa decisión. La semana pasada, el juez amplió ese procesamiento de Stornelli y de otros involucrados.

En ese contexto, de cara a la revisión que debe dar la Cámara de Mar del Plata, el fiscal Pettigiani afirmó que D’Alessio usó el nombre de Stornelli para hacer sus negocios, pero no puede atribuírsele a él una responsabilidad penal en los hechos.

Pettigiani ya se había pronunciado en otras ocasiones para que el caso D’Alessio saliera de Dolores y fuera a tramitarse en los tribunales de Comodoro Py y ahora volvió a revalidarlo.

A criterio de Pettigiani, “del grupo de personas imputadas, Stornelli solo tuvo ocasional contacto con D’Alessio. Ninguno de ellos detentaba vinculación actual con ningún organismo gubernamental. Como particular, D’Alessio se dedicaba al tráfico de información que obtenía por sus propias investigaciones privadas. La utilización que pudiere hacer de la misma no puede ser conectada de forma alguna con la actividad funcional del Dr. Stornelli”.

Stornelli había sido procesado días atrás por integrar una asociación ilícita que actuó en varios episodios, reconocidos en el expediente como los casos “Etchebest”, “Irán Terrorismo”, “Munin Talevi”, “Castañon”, “Ubeira” y “GNL”.

Para Pettigini, resulta “arbitraria la valoración de prueba por parte del magistrado instructor, como así también la errónea aplicación de la ley sustantiva, que agravian a este Ministerio Público”.

En sus conclusiones, Pettigiani indica que se “sostendrá la presente clausura la recolección de prueba en relación a los hechos en análisis, entiendo que la solución procesal adecuada resulta ser el dictado del sobreseimiento del Dr. Carlos Stornelli, no sólo por no haberse acreditado la participación del nombrado en la presunta asociación ilícita y en el hecho que damnificara a Pedro Etchebest, sino también por no constituir delitos los hechos mencionados como casos ‘Brusa DovatPDVSA’, ‘Irán Terrorismo’, ‘Munin Talevi’, ‘Castañon’, ‘Ubeira’ y ‘GNL’”.

“El Juez resuelve que Carlos Stornelli ‘reconocía a Marcelo D’alessio como una persona vinculada a los servicios de inteligencia’. Esta afirmación, que es una categoría central sobre la cual construye su razonamiento el magistrado instructor, no surge de ningún elemento probatorio existente en la prueba que ha podido relevar esta parte”, consideró Pettigiani.


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