27/09/2021 | Noticias | Política

Registradas: cuáles son los principales puntos del programa para alentar el registro las empleadas domésticas

La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, anunció la implementación del plan. Qué requisitos y beneficios tiene.


La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, anunció el lanzamiento del programa “Registradas”, que apunta a aumentar el registro de las trabajadoras y empleadas domésticas a partir de beneficios para el empleador.

La inscripción al programa estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021, para que el Estado subsidie por seis meses entre el 30% y el 50% del sueldo de la empleada doméstica que esté inscripta en AFIP, por un monto hasta $15.000.

Con esta medida, el Gobierno apunta a regularizar hasta un millón de trabajadoras de casas particulares, un sector muy golpeado por la pandemia de coronavirus y de los más altos en situación irregular.

 

CÓMO ACCEDER AL PROGRAMA

El empleador deberá solicitar la inscripción en AFIP. Tiene tiempo hasta el 31 de diciembre de este año. En caso de que tenga varias empleadas, podrá recibir el beneficio sólo una de ellas.

Deberá abonar los aportes y contribuciones correspondientes. A partir de allí, el Estado abrirá una cuenta sueldo gratuita en el banco Nación donde depositará por seis meses el beneficio.

El Programa es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación Universal por embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar, Potenciar Trabajo y otros programas del Gobierno.

No es compatible con pensiones por invalidez, por ser madre de 7 o más hijos y por vejez.

El empleador, además de registrar a la empleada doméstica, deberá mantener su puesto de trabajo al menos 10 meses: los 6 que dura el beneficio y otros 4 posteriores.

 

CUÁLES SON LOS REQUISITOS

El empleador deberá tener ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, $175.000 brutos.

La empleada doméstica –o empleado- deberá realizar un mínimo de 12 horas de trabajo semanal, en tareas enmarcadas en las categorías de AFIP “Personal para tareas específicas”, “Caseros y caseras”, “Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”.

El empleador deberá afrontar el porcentaje restante del sueldo, aportes, contribuciones y ART de la empleada o empleado registrado.

Es una medida para “relaciones laborales nuevas” y se brinda por única vez: El empleador no puede despedir a una trabajadora para inscribirla nuevamente.

 

DE CUÁNTO SERÁ EL SUBSIDIO MÁXIMO

El subsidio máximo es de $15.000 mensuales que se depositará en la cuenta sueldo del Banco Nación. El resto del sueldo de la trabajadora o trabajador quedará a cuenta de su empleador.

Según el ingreso mensual de las o los empleadores, se determinará el porcentaje de sueldo que aporte el Estado:

Para los empleadores cuyos ingresos brutos sean menores a $122.500, el porcentaje del sueldo que pagará el Estado será del 50% de la remuneración neta mensual.

Cuando el ingreso sea de entre $122.500 y $175.000 será del 30%.

Los que tengan un ingreso superior a $175.000 brutos no podrán acceder al beneficio.


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